Las plataformas de pisos turísticos empiezan a compartir con Hacienda la información de los anfitriones


20MINUTOS.ES

Airbnb.

Las plataformas digitales de intermediación, las inmobiliarias y otros agentes del mercado inmobiliario están ya obligados a compartir con la Agencia Tributaria toda su información. Es decir, que desde este 1 de enero, Airbnb y los demás deben compartir con Hacienda detalles de los anfitriones y detalles de sus anuncios, como el nombre y la dirección, y sus transacciones desde 2018.

En el primer día del año ha entrado en vigor la obligación de que las plataformas compartan los datos de las reservas de los anfitriones. Las nuevas plataformas de pisos turísticos, como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumb, tienen hasta el 31 de enero para suministrar los datos fiscales y comunicar las operaciones de 2018.

Entra en funcionamiento el llamado modelo 179, una declaración informativa obligatoria. El Ministerio de Hacienda espera obtener de este modo información detallada sobre la identidad de los contribuyentes. Es decir, quiere comprobar si cumplen con sus obligaciones fiscales.

La Agencia Tributaria busca combatir el fraude fiscal. Para ello cruzará la información que entre a través del modelo 179, la que Airbnb y los demás les proporcione, con los datos ya disponibles a través de las declaraciones fiscales de los contribuyentes. De ese modo espera detectar a aquellos propietarios que estén ocultando o infravalorando los ingresos que les produce alquilar su apartamento a los turistas.

Actividad turística y convivencia vecinal

Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumb deben comunicar a Hacienda la referencia catastral del inmueble puesto en uso turístico, el número de días que éste fue alquilado, el importe percibido y el número de contrato de intermediación del arrendamiento, además, claro, de la identidad de los propietarios de los inmuebles.

Control fiscal y más. En el Consejo de Ministros del pasado 14 de diciembre se aprobó una reforma de la Ley sobre Propiedad Horizontal para habilitar la posibilidad de que, por mayoría simple cualificada de tres quintas partes de los propietarios, las comunidades de vecinos puedan limitar o condicionar la actividad del alquiler turístico, con el fin de "favorecer" la convivencia en el edificio.

En todo caso, la medida no tiene carácter retroactivo y los vecinos no podrán hacer nada para acabar con una vivienda turística de su comunidad si esta se encuentra dentro de los parámetros legales.




Fuente: www.20minutos.es/ .... Viajes http://bit.ly/2F2OpNK
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